CONCURSOS

 

Inscripciones simultáneas

Artículo 142.3

 

Si un atleta está inscrito en una carrera y un concurso, o en más de una prueba de concurso, que se efectúan simultáneamente, el respectivo Juez Árbitro puede, en cada vuelta o en cada intento en salto de altura y con pértiga, permitirle realizarlos en orden diferente del decidido por sorteo antes de iniciarse la competición. Sin embargo, si posteriormente un atleta no está presente para su intento, se considerará que “pasa” una vez que el tiempo permitido para el intento haya transcurrido.

 

El Juez Árbitro debe estar informado de lo que está ocurriendo en el concurso correspondiente y es él quien decide el cambio de orden en cada caso.

 

 

Prestación de asistencia

Articulo 144.2

Lo siguiente no debe ser considerado como asistencia:

(a) La comunicación entre los atletas y sus entrenadores que no se encuentren en la zona de competición. Al objeto de facilitar esta comunicación y no entorpecer el desarrollo de la competición, se reservará para los entrenadores de los atletas un lugar en las tribunas, próximo al lugar inmediato de cada concurso.

(b) La fisioterapia y/o examen/tratamiento médico necesario, que permita al atleta participar o continuar su participación en el área de competición puede ser proporcionado por Oficial médico, siempre que no retrase el desarrollo de la competición o un intento de un atleta en el orden designado. Dicha asistencia o ayuda prestada por cualquier otra persona, ya sea durante la competición o inmediatamente antes de ella, una vez que los atletas hayan abandonado la Cámara de Llamadas, se considerará como asistencia.

 

A los efectos de este Artículo, lo siguiente se considerará como asistencia y, por lo tanto, no estará permitido:

(d) El uso de vídeo o magnetófonos, radios, CD, radiotransmisores, teléfonos portátiles u otros aparatos similares en el terreno de competición.

 

Cualquier atleta que reciba o dé asistencia desde dentro e la zona de competición durante una prueba será advertido por el Juez Árbitro y avisado que si ello se repite, será descalificado de la prueba. Si en consecuencia un atleta es descalificado en la prueba cualquier marca conseguida hasta ese momento no será considerada válida.

 

INFORMAR O NO A LOS ATLETAS DEL LUGAR DE LA BATIDA DE UN SALTO

• No informar a ningún atleta del lugar en el que ha efectuado la batida.

• Hay prohibición expresa en el Reglamento de la IAAF, en el artículo 144.2, en su último párrafo, que señala textualmente: “Cualquier atleta que reciba o dé ayuda (asistencia) dentro de la zona…”.

• Sí se debe mostrar al atleta la huella dejada en la plastilina en el caso de un salto nulo por dicho motivo.

• Siempre que exista un nulo por efecto de la huella la tabla deberá ser sustituida.

 

Información sobre el viento

3.- Debe colocarse un indicador de viento en un apropiado lugar en las pruebas de saltos, disco y jabalina, para señalar al atleta el sentido y fuerza aproximados del viento.

 

Protestas

Artículo 146.4 (b)

En una prueba de concurso, si un atleta inmediatamente hace una protesta verbal contra un intento juzgado como nulo, el Juez Árbitro de la prueba podrá, bajo su propio juicio, ordenar que el intento sea medido y que el resultado sea registrado, para preservar el derecho de todos los interesados.

 

Como ya se dijo antes, medir “cada intento válido” implica no medir los intentos nulos. Medir un intento nulo puede generar una situación “comprometida” para nosotros, sobre todo si el registro es bueno. Pero, eso sí, si se trata de una reclamación verbal del atleta sobre el nulo que se ha decretado, y nosotros estamos seguros de que es una reclamación, y no sólo una protesta, una queja o un gesto de “desencanto”, nuestra actitud debe ser: no tocar nada, no borrar huellas, ni perderlas de vista y avisar inmediatamente al Juez Arbitro, pues sólo él es quien decide que se haga o no la medición, y que esta sea definitiva o se deba reservar por si luego se decide que el salto fue válido.

 

 

Competición Mixta

Articulo 147

Para todas las competiciones celebradas enteramente en un Estadio, las pruebas mixtas entre atletas hombres y mujeres no serán permitidas.

 

Validez de Resultados

Articulo 149

Ningún resultado conseguido por un atleta será considerado como válido a no ser que se haya conseguido durante una competición oficial organizada de conformidad con las Reglas de la IAAF.

 

 

Calentamiento en la Zona de Competición

Articulo 180.1

 

1.- En la zona de competición, y antes del inicio de la prueba, cada atleta puede tener varios ensayos de calentamiento. En el caso de las pruebas de lanzamientos, los ensayos deberán efectuarse por el orden del sorteo y siempre bajo la supervisión de los Jueces.

 

2.- Una vez que ha comenzado una competición no se permite a los atletas que utilicen para entrenamiento, según el caso:

a) el pasillo o zona de batida.

b) los artefactos.

c) los círculos o el terreno dentro del sector, con o sin artefactos.

 

Marcas

3.- En todas las pruebas de concurso donde se utilice un pasillo las marcas se colocarán a los costados del pasillo de toma de impulso, excepto en el salto de altura, donde las marcas pueden ser colocadas en el pasillo. Un atleta puede colocar una o dos marcas (proporcionadas o aprobadas por el Comité Organizador) para auxiliarle en la carrera de impulso y en la batida. Si no se le facilitan dichas marcas, el atleta puede usar cinta adhesiva, pero no tiza o  sustancia similar ni nada que deje que deje señales permanentes.

Si el piso está húmedo para fijar la cinta adhesiva es suficiente colocar chinchetas de diferentes colores.

Orden de Competición

4.- Los atletas deberán competir en el orden sorteado. Si hay una competición de calificación, habrá un nuevo sorteo para la final.

 

 

 

Intentos

Artículo 180

 

5.- En todas las pruebas de concurso, excepto en los saltos de altura y con pértiga, donde haya más de ocho atletas, se permitirán tres intentos a cada uno, y a los ocho con mejor marca válida se les permitirá efectuar tres intentos adicionales. En caso de un empate para el último puesto de calificación éste se resolverá de acuerdo con el apartado 20 de este Artículo.

 

Es posible que en una concurso que empezaron más de 8 atletas y en la que, por tanto, haya que hacer una selección para los tres intentos adicionales “de mejora”, nos encontremos que pasan a realizar esos tres intentos menos de 8 atletas, esto se produce porque hay atletas que tienen los 3 primeros intentos nulos que impiden que se reúnan 8 atletas con marca válida, que son los únicos que tienen derecho a seguir en competición.

 

 

En caso en que hay menos de 8 atletas en competición y que exista empate técnico después de los tres primeros intentos, para los intentos siguientes los atletas empatados competirán en el mismo orden que el que determinó el sorteo inicial (lista de salida).

 

Cuando haya ocho atletas o menos se permitirán seis intentos a cada uno. Si más de un atleta no ha logrado un intento válido durante los tres primeros ensayos, en los intentos siguientes estos atletas participarán antes de los que han realizado ensayos válidos, en el mismo orden que el que determinó el sorteo inicial.

 

 Al contrario que en la situación anterior, en estos casos los intentos “adicionales” podrán realizarlos atletas que tuvieron los 3 primeros nulos.

En ambos casos el orden de competición para los tres intentos siguientes será en orden inverso al de la clasificación lograda con sus registros realizados en los tres primeros intentos.

 

Para competiciones internacionales:

En ambos casos el orden de competición para el cuarto y quinto intento será en orden inverso al de la clasificación lograda con sus registros realizados en los tres primeros intentos.

El orden de competición para el último intento será siguiendo el orden inverso registrado tras el quinto intento.

      

Nota: Para los saltos verticales ver Artículo 181.2.

6.- Excepto en los saltos de altura y con pértiga, a ningún atleta se le permitirá tener más de un intento registrado en cualquiera de las vueltas de la competición.

7.- El número de intentos en las pruebas de concursos horizontales puede reducirse. Esto se decidirá por el Organismo Nacional o Internacional que tenga a su cargo el control de la competición.

 

 

Competición de Calificación

Artículo 180

8.- Una competición de calificación tendrá lugar en los concursos en los que el número de atletas sea demasiado elevado para que la competición se desarrolle de manera satisfactoria en una final directa. Cuando una competición de calificación se celebre, todos los atletas deberán competir en ella y calificarse en la misma. Las marcas logradas en la competición de calificación no serán consideradas como marcas obtenidas en la competición propiamente dicha.

 

9.- Los atletas serán divididos en dos o más grupos. A menos que la instalación permita a los grupos competir al mismo tiempo y bajo las mismas condiciones, cada grupo iniciará la competición inmediatamente después de haber terminado el grupo anterior.

 

12.- En una competición de calificación, con excepción del salto de altura y con pértiga, a cada atleta se le permitirán hasta tres intentos. Una vez que un atleta hay conseguido la marca de calificación fijada no continuará en la competición de calificación.

 

13.- En una competición de calificación de salto de altura y con pértiga, los atletas que no hayan sido eliminados después de tres intentos nulos consecutivos, seguirán compitiendo según el Artículo 181.2 hasta terminar el último intento en la altura fijada como marca de calificación.

 

14.- Si ningún atleta, o menos atletas del número requerido, consiguen la marca mínima de calificación establecida, el grupo de finalistas será ampliado hasta ese número añadiendo atletas de acuerdo con las marcas logradas en la calificación. Los empates para la última plaza que califica en la clasificación general conjunta de la competición se desharán conforme al apartado 20 de este Artículo o al Artículo 181.8, según el caso.

 

15.- Cuando una competición de calificación de salto de altura y con pértiga se celebra en dos grupos simultáneos, se recomienda que el listón sea elevado en cada altura al mismo tiempo en cada grupo. También se recomienda que los dos grupos sean aproximadamente iguales en valor.

 

El desarrollo de las pruebas de calificación ha sido reglamentado en lo que concierne al Salto en Altura y al Salto con pértiga. Por una parte los atletas deben saltar mientras no son eliminados hasta que sea alcanzada la marca de calificación; por otra parte los atletas empatados en ambas pruebas serán desempatados aplicando el Artículo 181.8 como en una prueba final.

 

 

Obstrucción

16.- Si por cualquier razón un atleta se ve obstaculizado en un intento, el Juez Árbitro está facultado para concederle un nuevo intento.

 

Sólo el Juez Arbitro, a quién habrá que informar de lo sucedido, si éste no lo ha advertido.

 

 

Retrasos

17.- Un atleta en una prueba de concurso que se retrase injustificadamente en hacer un intento, se expone a que no se le permita efectuarlo, registrándose como un intento nulo. El Juez Árbitro, teniendo en cuenta todas las circunstancias, será quien debe decidir si se trata de un retraso sin justificación.

El Juez responsable debe indicar al atleta que todo está dispuesto para iniciar su intento, y el periodo permitido para efectuarlo deberá comenzar desde ese momento. Si un atleta decide no realizar el intento posteriormente, éste será considerado como nulo una vez que el periodo de tiempo permitido para hacerlo haya pasado.

En salto con pértiga el tiempo deberá comenzar cuando los saltómetros hayan sido ajustados de acuerdo con los deseos previos del atleta. No se concederá ningún tiempo adicional para cualquier ajuste posterior.

 

Para aquellos atletas llamados para competir que, una vez llamados, desisten y pretenden que se les considera “pase”, la actitud a tomar será la siguiente: El atleta deberá decidir y comunicar al Juez de la prueba los pases antes de iniciar su vuelta. Los jueces deberemos actuar de acuerdo con el Artículo 180.17

 

 

Si el tiempo permitido finaliza una vez que el atleta haya iniciado su intento, éste le será permitido efectuarlo.

Los siguientes tiempos no deberán exceder normalmente de:

 

Prueba Individual

Número de atletas que quedan en competición  

                                   Altura               Pértiga             Otra

Más de 3                      1 minuto           1 minuto           1 minuto

2 ó 3                            1,5 minutos       2 minutos         1 minuto

1                                 3 minutos         5 minutos         -

Intentos consecutivos    2 minutos         3 minutos         2 minutos

 

Pruebas Combinadas

Número de atletas que quedan en competición

                                   Altura               Pértiga             Otra

Más de 3                      1 minuto           1 minuto           1 minuto

2 ó 3                            1,5 minuto        2 minutos         1 minuto

1                                  2 minutos*        3 minutos*        -

Intentos consecutivos    2 minutos         3 minutos         2 minutos

 

* Cuando quede un solo atleta en competición, los tiempos mencionados se seguirán en el primer intento solamente si el intento previo fue hecho por el mismo atleta.

 

Nota 1: Un reloj que muestre el tiempo permitido que falta deberá estar visible para el atleta. Además, un Oficial levantará y mantendrá elevado un banderín amarillo o indicará de cualquier otro modo cuando falten 15 segundos para finalizar el tiempo permitido.

 

Nota 2: En las pruebas de Salto de altura y Salto con pértiga toda modificación de la duración del tiempo asignado para un intento no será aplicada antes de que el listón no sea elevado a una altura superior, excepto cada vez que un atleta tenga dos ensayos consecutivos, aplicándose en este caso el tiempo contemplado al efecto.

 

Ausencia durante la Competición

18.- Un atleta puede salir, con el permiso y acompañamiento de un Oficial, de la zona inmediata del lugar de la prueba durante el desarrollo de la competición.

 

Cambio de lugar de la Competición

19.- El respectivo Juez Árbitro tiene autoridad para cambiar el lugar de la competición si, en su opinión, lo justifican las condiciones. Este cambio sólo podrá hacerse después de completada una vuelta.

 

Nota: La fuerza del viento y sus cambios de sentido no son factores suficientes para variar el lugar de la competición.

 

Empates

20.- Excepto en salto de altura y con pértiga, el segundo resultado mejor de los atletas empatados resolverá el desempate; si este continúa, el tercer resultado mejor y así sucesivamente.

Si el empate aún continuara y afectara al primer puesto, los atletas que hubieran logrado los mismos resultados, competirán nuevamente por el mismo orden, haciendo un nuevo intento, hasta que se resuelva el empate.

 

Nota: Para los Saltos Verticales ver Artículo 181.8

 

Resultado

21.- A cada atleta se le acreditará el mejor de todos sus intentos, incluidos aquellos logrados al resolver un empate para el primer puesto.

 

Récords

Artículo 260.11

Los Récords conseguidos en series (eliminatorias) o competiciones de calificación, resolución de empates o en pruebas individuales en las competiciones de Pruebas Combinadas, sin tener en cuenta si el atleta acabó o no todas las pruebas de la competición de Pruebas Combinadas, pueden ser sometidos a homologación Se pueden admitir como Récords del Mundo a más de un marca en una competición, siempre que cada Récord reconocido sea igual o superior a la mejor marca previa en ese momento.

 

Artículo 260.26 (a)

(a) Las marcas tienen que ser medidos por tres Jueces de Concursos con una cinta de acero calibrada y certificada o barra métrica o por un aparato científico de medición aprobado cuya exactitud haya sido confirmada por un Juez de Medición competente (cualificado).

(b) En los saltos de longitud y triple salto se proporcionará información habrá sobre la velocidad del viento, medida como se indica en el Artículo 184.4, 5 y 6. Si la velocidad del viento medida en el sentido del salto, detrás del atleta, excede del promedio de 2 m por segundo, el Récord no será aceptado.

(c) Se pueden admitir como Récords del Mundo a más de un marca en una competición, siempre que cada Récord reconocido sea igual o superior a la mejor marca previa en ese momento.

 

Cuando se produce un récord de España, el Juez Árbitro comprueba la medición de los Jueces.  Ver vídeo de ejemplo